jueves, 30 de mayo de 2013

Entra en vigor el Real Decreto sobre Eficiencia Energética

Desde este sábado, 1 de junio de 2013, entra en vigor el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Aquí en el blog son ya varios años los que venimos hablando de este tema. Vamos a intentar definir los puntos básicos del mismo y cuál puede ser el papel de los tasadores en este asunto.

1. Todo contrato de compra venta o alquiler de inmuebles que vaya fechado posteriormente al 1 de junio de 2013 en España, queda afectado por este Real Decreto. eso significa que cualquier contrato deberá incorporar el sello de eficiencia energética. No afecta a edificios protegidos, lugares de culto o viviendas que se arrienden por menos de cuatro meses al año. Tampoco a los edificios que vayan a ser demolidos.

2. Cualquier edificio o unidad de un edificio de pública concurrencia tendrá que obtener y exponer su certificado a partir de dicha fecha.

3. También tienen la obligación de exponer el certificado los edificios o unidades de titularidad privada y acceso público que superen los 500 m2 de superficie útil (la que se puede pisar). Lo mismo para inmuebles públicos de más de 250 m2 útiles.

4. Serán los propietarios de los inmuebles (vendedores o arrendatarios) o los promotores en el caso de nueva construcción, los responsables de encargar el certificado y tenerlo expuesto, así como de guardar la documentación relativa al mismo.

5. Según el Real Decreto, los únicos profesionales que pueden emitir el certificado son Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Ingenieros e Ingenieros Técnicos. No es obligatorio aplicar ningún software específico para ello, aunque obviamente lo hay.

El papel del tasador en el asunto del certificado energético viene de la mano del método de valoración que existe en España. Dado que un tasador está capacitado para emitir un certificado energético dada su formación y que para ello es necesaria una visita al inmueble, que ya se realiza al hacer la tasación, se matan dos pájaros de un tiro. El tasador puede realizar el informe y emitir el certificado, causando menos molestias al dueño del inmueble, aprovechando la coyuntura para ajustar precios y ser más competitivos. Las empresas de tasación han visto un nuevo nicho de negocio y ya han elaborado sus herramientas para explotarlo.

No obstante, las tasadoras no son las únicas empresas válidas para emitir estos certificados. Cualquier empresa puede emitir el informe siempre y cuando haya sido realizado por uno de los profesionales antes mencionados. Es más, no hace falta que lo emita una empresa. El profesional liberal puede hacerlo igual. En el mercado de las tasaciones ésto no era así, dado que el Banco de España exigía el sello de la empresa tasadora convalidada además de la firma del técnico. Es, pues, una situación de libre mercado. Esto, para los tasadores, supone una gran diferencia en cuanto a su relación con las empresas para las que trabajan. También para las propias tasadoras, que pasan a competir con agentes que antes le eran ajenos por no poder entrar en su mercado (de la tasación).

Un par de aclaraciones: el certificado energético sólo indica el comportamiento en cuanto a efectividad y ahorro energético del inmueble. No es obligatorio un nivel mínimo de certificación para poder comprar o vender la propiedad. El técnico emisor podría redactar en el informe recomendaciones para mejorar el grado de eficiencia energética del mismo, pero no son obligaciones; no se sabe nada aún (a al menos desde aquí no me he enterado) de los precios de cada certificado. Me he podido enterar de que en en Italia ronda los 250 euros y en Alemania, los 500 euros para un piso medio de 100 metros cuadrados.

domingo, 26 de mayo de 2013

Poder de negociación

Me ha llamado mucho la atención este artículo que salía publicado hace unos días en El Confidencial y que hablaba de la capacidad de Inditex para negociar sus precios de alquiler con los dueños de los locales donde están sus franquicias. Resulta que están negociando a la baja su política de alquileres.

Inditex puede permitirse ese lujo dado que tiene un alto poder de negociación. Los comerciantes saben que la empresa gallega es un buen inquilino, que da seguridad y, lo más importante, genera negocio en la zona cuando existe su presencia. Esto último es de especial importancia en el caso de los centros comerciales. Los gestores de centros comerciales saben que contar entre sus comercios con franquicias de este grupo textil, es equivalente a asegurarse afluencia de público y por lo tanto, ingresos que harán que el resto de los locales comerciales estén cotizados y generen más rentas. Si repasáis el blog, ya habíamos hablado de un caso parecido cuando so conté lo que supuso para la ciudad de Vigo que su equipo estuviera en primera división, jugando la Champions y la repercusión de los partidos en los comercios cercanos al campo de Balaídos.

Por eso, dichos gestores de centros comerciales no se pueden permitir el lujo de perder un inquilino como Inditex. E Inditex lo sabe. Eso le da su poder de negociación.

¿Significa eso que el valor de un local de Inditex ha bajado por esta maniobra emprasarial? La respuesta es muy gallega: "depende". Si el local es de un particular en una calle céntrica, seguramente tendrá más candidatos que quieran instalarse, así que podría no darse esa bajada de valor. Pero si tuviéramos que tasar un centro comercial, entonces yo sí consideraría una bajada de los ingresos por rentas al calcular la actualización de flujos. Eso implicaría un menor valor de mercado de dichos locales.

La "ciencia" de valorar locales comerciales conlleva una casuística de la que difícilmente se puede escapar.