Supongo que este post sería mucho más adecuado en verano que ahora, pero como ya empiezan a haber días en los que te tienes que remangar las mangas de la camisa y bajar la ventanilla del coche para que te dé algo de fresquito, me ha parecido oportuno. Además, por supuesto, es que me apetecía hablar de ello, jeje... Vamos a hablar de las piscinas, otro de los elementos que suelen tener cierta relevancia (no es algo definitorio, ya lo sé, pero hay que considerarlo) en la valoración de viviendas. Digo vivienda y no inmueble, porque no he encontrado, todavía, naves industriales con piscinas, y porque los locales comerciales, normalmente no suelen participar de las estancias comunes de sus urbanizaciones.
Tenemos que tener claro que, por lo general, lo que interesa es valorar la vivienda que contiene la piscina, valor que ya incluirá el de la misma, y no el de la piscina en sí, dado que no es razonable encontrarnos con alguien que quiera vender exclusivamente su piscina. Podemos encontrar dos casos claros: el de la vivienda colectiva y el de la vivienda individual.
En vivienda colectiva (bloque de viviendas con piscina en patio de manzana, v.g.), la piscina forma parte de los elementos comunes de la urbanización, así que a cada casa le corresponde una parte. ¿Y eso cómo se valora? Pues hay dos formas:
- Se compara con otras viviendas, preferiblemente de otras urbanizaciones para asegurar variedad en precios, que también tengan piscinas. En este caso, el valor de la piscina ya va dado implícitamente en el de los testigos. Se incluye en ellos y no ha de considerarse a parte.
- Si no se dispone de esos testigos, se buscarían otros de características semejantes, aunque sin piscina y se establecería una diferencia de valor por metro cuadrado de vivienda. es decir: si la casa con piscina vale X €/m2 y la que no tiene piscina vale Y €/m2, la diferencia podría atribuirse a la piscina. Claro, que esto es muy difícil de hacer, porque no tenemos la garantía de que haya otros factores (orientación, calidades...) que no influyan en esa diferencia, o no sabemos ponderarlos.
En el caso de las viviendas unifamiliares podemos encontrar un tercer caso, ya que considero que los anteriores también son válidos para esta tipología: podríamos valorar la piscina aparte, como si fuese un trastero o un garaje y calcular cuánto costaría construirla, y dicho valor se lo añadimos a la casa, siempre y cuando hayamos comparado con viviendas que NO tienen piscina (o la estaríamos valorando dos veces).
Y ahora meto el puntito polémico.
En todos los casos analizados arriba, se entiende que la piscina añade valor a la casa. Pero ¿y si no fuera así? Se me ocurren dos motivos a considerar:
Y ahora meto el puntito polémico.
En todos los casos analizados arriba, se entiende que la piscina añade valor a la casa. Pero ¿y si no fuera así? Se me ocurren dos motivos a considerar:
- La piscina conlleva unos gastos de mantenimiento. En el caso de vivienda unifamiliar es más significativo que en el de vivienda colectiva, dado que generalmente los gastos de comunidad no son considerados (por insignificantes) y porque no siempre se actualizan rentas y gastos. En el caso de unifamiliares es posible que tenga más repercusión, ya que los dueños se deben hacer cargo del 100% de esos gastos.
- Esta razón es a la que quería llegar: existe un estudio en Estados Unidos que dice que mueren más niños ahogados por descuidos en casas con piscinas que disparados por accidente en casas donde hay armas. Vamos, que las piscinas son más peligrosas que las armas en las casas para los chavales.
- Con la escasez de agua y todo el rollo ecologista que nos envuelve, ¿no os parece poco apropiado utilizarla para algo tan banal como darse un chapuzón? (este motivo es un poco demagogo, lo sé, no me lo tengáis en cuenta).
¿Y por qué se considera que una piscina aumenta el valor? Pues la verdad es que lo único que se me ocurre es que, al final, la gente está dispuesta a pagar más por poder disfrutar de las piscinas, y eso es lo que cuenta, ¿no? Además, supongo que en costa si hace calor podéis ir a la playa, pero en Madrid... Ya sabéis lo que decía la canción. Lo que me hace pensar que igual las piscinas valen menos en la costa que en el interior... Tengo que reflexionarlo. Os dejo.
Hablando de elementos que pueden condicionar la valoración, estos días he oído que a varios edificios se les a implantado un certificado energético (LEED, BREEAM...) Si esto se expande a las viviendas, que en mi opinión antes o después ocurrirá, será un factor a tener en cuenta, ya que una vivienda con buena nota energética será mas valiosa que otra que obtenga peor nota.
ResponderEliminarLa verdad que todavía lo veo muy verde, pero ya tienes un tema para un futuro post!
Joseba, ya hemos hablado hace mucho del tema. Mírate este link http://blogdetasadores.blogspot.com/search/label/Herramienta%20Verde y no te pierdas lo que me contó Raquel Díez sobre el asunto. Un abrazo
ResponderEliminarHe leído los diferentes post que tienes, y ya veo que hace tiempo que estas al tanto de este tema.
ResponderEliminarPero me parece que desde entonces poco se ha avanzado,y que el gobierno central y las autonómicas deberían de tener esto solucionado. En contra,en Francia (el otro día estuve en el País vasco francés) en todas las inmobiliarias aparecen ofertas de pisos, chalets... pero todas con su calificación energética, como los electrodomésticos en España.
Seguro que el primer método que se implante tengas sus fallos(ahí estaremos para criticarlo ;P )pero veo necesario que se empiece ya.
Un saludo a todos