martes, 15 de diciembre de 2009

Micropost: caducidad (II): donde dije Diego...

Sn duda recordaréis de hace poco el post sobre la caducidad de los certificados de tasación. Pues el Banco de España vuelve a las andadas y donde dije Diego digo digo...

El 7 de diciembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1817/2009, de 27 de noviembre, con entrada en vigor el 8 de diciembre. Este Real Decreto modifica el artículo 8 del Real Decreto 716/2009 en el que se establecía que la caducidad de las tasaciones era de 3 meses, volviendo a la anterior de 6 meses.

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