lunes, 30 de noviembre de 2009

¿Y qué hacen por ahí fuera? Primera aproximación a la valoración internacional



La valoración de inmuebles depende de donde se haga. Esto es evidente. Pero no me estoy refiriendo ahora a las tres cosas que dicen que más importan en un activo inmobiliario ("location, location, location"). Me refiero a que dependiendo de en qué país se haga, la valoración se hace de una forma u otra. El motivo por el que se valora de manera diferente, por el que existen distintos modelos de valoración, es, en última instancia, un motivo social y cultural. Las propiedades no se entienden de igual modo en todos los sitios y en todas las culturas. En la arquitectura vemos esto reflejado constantemente. El contexto es uno de los elementos imprescindibles al abordar un proyecto (sólo por esto, dicho contexto ya debería influir en el valor final del inmueble) y así mientras en lugares soleados se tiende a hacer ventanas pequeñas para evitar que el interior sea un horno, en lugares con menos sol buscan más ventanales (ejemplo muy básico y posiblemente matizable, lo sé, pero ya entendéis lo que quiero decir).

Como quiera que vamos hacia un mundo cada vez más globalizado (los negocios son ya globales), a las empresas (y a los particulares y gobiernos y administraciones...) les ha dado por invertir en países que no son sus originarios, o al menos, por interesarse en productos fuera de sus fronteras, lo que como poco puede llegar a materializarse en abrir una sede en el extranjero. Hale, ya hay que valorar inmuebles...

Pero a un alemán le puede llegar a asombrar lo que vale un terreno en Japón, y a un japonés lo que cuesta en Bali, ¿no? ¿Qué garantiza a un americano que no le están timando en Francia? ¿O a un italiano que la torre de Santiago de Chile vale lo que le dicen que vale? La pregunta clave es: ¿se puede valorar de igual manera aquí que allí?

En un orden teórico creo que caben dos aproximaciones:
  1. Si la respuesta es SI, entonces deberíamos tender a un modelo en el cual existiera un único sistema de valoración con la suficiente flexibilidad como para poder adaptarse a las diferentes normativas particulares de cada país o región, que no son si no fruto de la visión social y cultural de cada uno de esos países, pero cuyo resultado daría un valor estándar aceptado independientemente del origen del comprador, vendedor y lugar de la transacción.
  2. Si la respuesta es NO, entonces lo que tendremos son distintos modelos derivados tanto de esas leyes como de esas culturas y sociedades, y cuyos resultados reflejan esa casuística considerando tanto comprador como vendedor y lugar en el que se realiza la operación.
Es evidente que la situación real se aproxima más al segundo modelo, donde la valoración es resultado de las influencias sociales y culturales. No podía ser de otra manera, como ya se ha podido deducir del párrafo que abre este post. Sin embargo, el alemán sigue queriendo comprar en Estados Unidos y el Chileno en Jamaica. El problema persiste. ¿Qué se puede hacer? Pues no queda más remedio que tender hacia un sistema estandarizado, reconocido donde quiera que sea aplicado, que considere las peculiaridades de cada sociedad y cultura, pero que de valores asimilables al resto. Se tiende hacia la estandarización, hacia el primer modelo, aunque matizado para dar cabida a todos por igual.

Os podéis imaginar que ese proceso de estandarización no es nada sencillo. Se podría decir que en este sentido la valoración está aún en pañales. Y me refiero a la valoración en general, ya sea de inmuebles o de cualquier otra cosa. Se han creado organismos supranacionales con este objetivo, pero el proceso es tan largo (o lo están haciendo tan largo) que lo único que se ha sacado en claro es la voluntad de hacerlo. TEGOVA (asociación de tasadoras de Europa), o el IVSC (International Valuation Standards Comittee) son algunos de esos organismos, que ya iremos desgranando en futuros posts, pero no logran dar más que indicaciones sin carácter de normativa, a excepción del denominado "libro rojo de la valoración", las NIIF (Normas Internacionales Financieras), y poco más, cuya aplicación sólo es obligatoria en determinadas operaciones. Ni siquiera la Unión Europea, a través de TEGOVA, ha conseguido dar normas que puedan ser utilizadas en la valoración de los inmuebles de Europa. De hecho, ya vimos en algún post que ahora mismo hay dos modelos de valoración que están en pujna por imponerse en la estandarización del modelo europeo: el latino y el anglosajón, los cuales también veremos más adelante.

He querido hacer esta primera aproximación para haceros ver que el tema es bastante interesante. A mí por lo menos, me lo parece. En breve habrá más, no queráis saberlo todo así de sopetón, que hay para rato. Tranquilos, tranquilos...

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