Sn duda recordaréis de hace poco el post sobre la caducidad de los certificados de tasación. Pues el Banco de España vuelve a las andadas y donde dije Diego digo digo...
El 7 de diciembre se ha publicado en el BOE el Real Decreto 1817/2009, de 27 de noviembre, con entrada en vigor el 8 de diciembre. Este Real Decreto modifica el artículo 8 del Real Decreto 716/2009 en el que se establecía que la caducidad de las tasaciones era de 3 meses, volviendo a la anterior de 6 meses.
martes, 15 de diciembre de 2009
Micropost: caducidad (II): donde dije Diego...
Etiquetas:
Banco de España,
eco,
normativa,
noticias
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario